En las últimas horas se ha desatado una gran polémica que involucra al ex senador y ex presidente Álvaro Uribe Vélez y al precandidato presidencial Gustavo Petro. En una reciente reunión, el líder de la Colombia Humana propuso comprar las tierras de Uribe para que se pudiera producir alimentos en ellas.

Ante esto, el expresidente Uribe respondió a Petro y dijo en una entrevista para Semana que las intenciones del senador era expropiar dichos terrenos e instigar violencia en contra de él y su familia. Cabe recordar que desde las pasadas elecciones del 2018 el término expropiar ha sido utilizado por el sector del uribismo para aludir a Gustavo Petro.

“Al mejor estilo de Chávez, no son sino sofismas de distracción, eso no es compra de predios, eso es una vulgar expropiación y lo que está haciendo es amenazando a un ciudadano colombiano independientemente del apellido que tenga o el cargo que haya ocupado”, pronunció el senador Santiago Valencia del Centro Democrático.

Hoy varios tuiteros le recuerdan al expresidente una ley que promulgó en 2007 cuando era jefe de Estado, con la que otorgaba poderes a la Unidad Nacional de Tierras para comprar y expropiar tierras improductivas según lo exigiera el Gobierno nacional.

Ley de Desarrollo Rural 1152 de 2007, que en varios artículos promueve la compra y expropiación de tierras. “la promoción, desarrollo y construcción de proyectos de adecuación de tierras que sean de interés estratégico para el Gobierno nacional, para lo cual procederá a adquirir por negociación directa o expropiación los inmuebles rurales que fueren necesarios”, se plantea en el artículo 5.

“Llevar a cabo los trámites relacionados con la compra directa y expropiación de tierras y mejoras para el cumplimiento de los propósitos relacionados con la construcción de distritos de riego de carácter estratégico, o los fines productivos de interés público que así sean definidos por el Gobierno nacional”, dice el artículo 28, la ley que dictaba que dentro de las funciones de la Unidad Nacional de Tierras Rurales.

Pero el artículo en donde se hace más evidente la idea de quitar a los privados las tierras improductivas es el 72, este dice “estimular el mejoramiento de la productividad y la estabilidad de la producción agropecuaria”, de comprar inmuebles rurales improductivos de propiedad privada, “por el valor que aparezca registrado en el avalúo catastral del respectivo predio empleado como base para la liquidación del impuesto predial correspondiente al año inmediatamente anterior”.

“Cuando el propietario no acepte expresamente la oferta de compra, o cuando se presumiere su rechazo de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del numeral 5 del artículo 135 de la presente ley, la unidad procederá a ordenar que se adelante el proceso de expropiación”, agrega.

Fuente ´Última Hora Colombia.

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